Acto 374131
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Pérdida del carácter de unipersonalidad. Modificaciones estatutarias. ARTICULO 20º.- RETRIBUCION DEL CARGO.- I.- La actuación del órgano de administración estará retribuida, mediante por el sistema de dietas y sueldo en la cuantía y forma que determine la Junta General. En todo caso, la retribución en la forma prevista en este apartado asignada a los consejeros delegados y a los consejeros que tengan atribuidas funciones. Datos registrales. S 8 , H V 101329, I/A 5 ( 4.08.26).
Texto extraído del documento. Los identificadores personales detectados se omiten.