Acto 454273
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Modificaciones estatutarias. "Artículo 15º.- ... El cargo de administrador será retribuido. La retribución consistirá en una asignación fija anual en metálico, cuyo importe máximo para el conjunto de los administradores será fijado por la Junta General y permanecerá vigente en tanto no se apruebe su modificación. La Junta General determinará asimismo la distribución de dicho importe ent. Datos registrales. S 8 , H VA 32937, I/A 4 ( 5.10.26).
Texto extraído del documento. Los identificadores personales detectados se omiten.