Cambio de actividad
Texto original del BORME
Modificaciones estatutarias. ARTICULO 9.º-3º. Retribución de los administradores: El cargo de Administrador será retribuido. Su retribución consistirá en una cantidad dineraria que será fijada para cada ejercicio por la Junta General. No obstante, los Administradores podrán realizar trabajos dependientes en la sociedad que, en ningún caso, tendrán la consideración de contrato de alta di. Cambio de objeto social. i) Asistencia y servicios sociales en general; ii) Prestación de servicios de ayuda dentro y fuera del domicilio; iii) Trabajos médicos y sanitarios prestados en hospitales, clínicas, sanatorios o en centros distintos de los anteriores; y, en especial: 1. La prestación de servicios de ayuda a domici. Datos registrales. S 8 , H AB 28103, I/A 3 (20.02.26).
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