Reelecciones
- LASTANAO SANCHO RAULAdministrador único · Reelecciones
Leer el texto publicado
Reelecciones. Adm. Unico: LASTANAO SANCHO RAUL. Modificaciones estatutarias. ARTICULO 9º.- Transmisión de acciones. La transmisión de acciones por actos inter vivos o mortis causa será totalmente libre para los accionistas que así lo decidan para la enajenación, por cualquier modo, de sus acciones, sin más limitaciones que las establecidas por el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, sean de la clase que sean.. ARTICULO 10º.- Limitaciones a la libre transmisibilidad por actos inter vivos. Cualquier transmisión de acciones por actos inter vivos queda liberalizada para todos los accionistas, sin más limitaciones que las comprendidas en la legislación aplicable y, en especial, en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, con la única obligación que la comARTICULO 11º.- Limitaciones en supuestos de transmisión forzosa. Cualquier tipo de transmisión quedará liberalizada para los accionistas, sin más delimitaciones que las estipuladas por la Ley y con comunicación correspondiente a la operación para el órgano de administración.. ARTICULO 12º.- Sucesión hereditaria. En caso de fallecimiento de algún socio (persona física), la transmisión mortis causa de sus acciones quedará totalmente liberalizada, sin más limitaciones que las contempladas en la Ley y con la única obligación de comunicación de la transmisión al órgano de administración.. Datos registrales. S 8 , H SA 15038, I/A 5 (27.07.26).
Texto extraído del documento. Los identificadores personales detectados se omiten.