Acto 298768
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Texto original del BORME
Modificaciones estatutarias. Artículo 20. Administración de la Sociedad.- ... El cargo de Administrador o Consejero será retribuido. El sistema de retribución comprenderá los siguientes conceptos: (a) la asunción por la Sociedad de las cuotas devengadas por el administrador o consejero al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social como consecuencia del ejercicio . Datos registrales. S 8 , H VA 33870, I/A 4 (16.06.26).
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