Cambio de actividad
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Modificaciones estatutarias. ARTICULO 26.- La sociedad será regida y administrada, con las más amplias facultades que en derecho procedan, salvo las que competen a la Junta General con arreglo a la Ley Reguladora y a estos Estatutos, a elección de la Junta General, por: a) Un Administrador Unico. b) A varios administradores que actúen solidariamente entre un mínimo de dos y un máximo de. Cambio de objeto social. -La compra de uvas y vino. -La elaboración, distribución, transporte, comercialización y venta de vino. -La adquisición, compraventa, enajenación, gestión, administración, arrendamiento, tenencia y explotación, bajo cualquiera de las formas admitidas en derecho, de toda clase de bienes inmuebles, ur. Datos registrales. S 8 , H VA 21194, I/A 8 ( 1.06.26).
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