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Texto original del BORME
Modificaciones estatutarias. Artículo 9.El cargo de administrador será: remunerado. La remuneración consistirá en una cantidad fija anual en metálico. El importe concreto, el devengo y la forma de pago serán aprobados por la Junta General, teniendo en cuenta la situación económica de la sociedad y, especialmente, el importe neto de la cifra de negocios de los últimos ejercicios.... Datos registrales. S 8 , H GR 43558, I/A 4 (23.04.26).
Texto extraído del documento. Los identificadores personales detectados se omiten.