Acto 160733
Otros actos
Texto original del BORME
Modificaciones estatutarias. ARTICULO 19º. El cargo de Administrador de la Sociedad será remunerado mediante una cantidad fija, alzada, de carácter anual y dinerario, que se hará efectiva mediante doce pagos mensuales e iguales, respecto de los cuales se aplicarán las retenciones que procedan de conformidad con la normativa fiscal, siendo determinada anualmente la cuantía por la Junta G. Datos registrales. S 8 , H H 30022, I/A 2 (24.03.26).
Texto extraído del documento. Los identificadores personales detectados se omiten.