Acto 118166
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Texto original del BORME
Modificaciones estatutarias. Artículo 6.- De la Administración de la sociedad. La administración, gestión y representación de la Sociedad, en juicio o fuera de él, se encomienda a UN ADMINISTRADOR UNICO, socio o no, que desempeñará el cargo por tiempo indefinido. El cargo de administrador es retribuido. La remuneración del administrador será fijada para cada ejercicio por acuerdo de la. Datos registrales. S 8 , H J 8135, I/A 4 (27.02.26).
Texto extraído del documento. Los identificadores personales detectados se omiten.