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Texto original del BORME
Pérdida del carácter de unipersonalidad. Modificaciones estatutarias. ARTICULO 22..- La sociedad será regida, administrada, y representada, a elección de la Junta General, por: a)Un administrador único. b)Varios administradores solidarios, con unmínimo de dos y un máximo de cinco. c)Dos administradores que actuarán conjuntamente, quienes ejercerán el poder derepresentación mancomunadamente. La expresión Administradores o a. Datos registrales. S 8 , H AB 27317, I/A 3 (29.01.26).
Texto extraído del documento. Los identificadores personales detectados se omiten.