Acto 445063
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Modificaciones estatutarias. 15. Duración La duración del cargo de administrador de la sociedad será indefinido. El cargo de administrador será retribuido. El importe máximo de la remuneración anual del conjunto de los administradores en su condición de tales deberá ser aprobado pro la Junta general y permanecerá vigente en tanto no se apruebe su modificación. La retribución incluirá, c. Datos registrales. S 8 , H CE 610, I/A 6 (30.09.26).
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