Acto 410324
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Modificaciones estatutarias. El cargo de administrador será retribuido. La remuneración de los Administradores en su condición de tales consistirá en una asignación fija en metálico que determinará la Junta General antes de que finalice el ejercicio al que se refiere la retribución o en que deba tener efectos su modificación. Datos registrales. S 8 , H MA170370, I/A 11 ( 3.09.26).
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